Pudiera requerir SAT a millones de propietarios de vehículos legalizados mediante amparos
Marco A Flores
Nogales, Sonora.- Todas aquellas personas que hayan importado un vehículo a la franja fronteriza o hacia el interior del país bajo el cobijo de un amparo, pudieran ser llamados o requeridos por autoridades hacendarias para el pago correspondiente y legal que por ley ya se requiere.
Personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y de Aduanas de México, anunciaron este lunes en rueda de prensa los pormenores sobre el tema, ante la situación que atraviesan miles de paisanos varados en las fronteras de Estados Unidos que no pueden cruzar sus vehículos.
Eduardo Zayas Ortega, administrador local de Servicios al Contribuyente del SAT, confirmó que el pago de contribuciones fiscales de miles o tal vez millones de automóviles en México que años atrás fueron importados con el cobijo de un amparo, podrían ser buscados.
“Los amparos que operaron por años permitían presentar una factura con un valor de un auto y basado en el precio pagar impuestos, por lo que había vehículos con precios muy por debajo de los estimados por la autoridad fiscal. Además de que los eximían de ciertos lineamientos como era el de cumplir con el certificado de no contaminación”, comentó el funcionario federal.
Zayas Ortega añadió que la autoridad está facultada para requerir el pago de contribuciones que no llegaron al fisco al ostentar un amparo y que una vez concluidos estos, se podrían enfrentar consecuencias legales como pago de contribuciones y cumplimiento de normatividad.
Por su parte, Rodolfo Aguilera Colón, administrador de la Aduana de Nogales, aceptó desconocer la cifra de cuántos vehículos se importaron mediante el uso de amparos a lo largo de la franja fronteriza, pero que podrían ser miles o tal vez millones en los últimos años.
Aguilera Colón manifestó que los amparos que usaron no los tienen los agentes aduanales, que en el caso de Nogales, quienes importaban de esta forma autos eran las empresas Maval y Ruiz.
“No son de ellos, ni del paisano, son de un tercer propietario de una comercializadora que obtuvo este amparo, y él le transmite por la vía de una factura la propiedad de vehículo al usuario final, al paisano y serán las empresas comercializadoras las susceptibles de ser fiscalizables, yo en los registros no tengo el nombre de Juan, Luis, Pedro que trae circulando el vehículo de una comercializadora o personal”, explicó Aguilera Colón.
Agregó el Administrador de la Aduana que la llamada era de los amparos terminó semanas atrás al vencerse estos mecanismos utilizados en la importación del vehículo, que de acuerdo al SAT al no ser el amparo definitivo, trae como consecuencia que no se convalide de manera legal la importación del vehículo.
About Author
Descubre más desde Infonogales
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
